Obligatoriedad de poseer hojas de reclamaciones en todos los comercios.
Enviado por Gabinete Técnico el 31 Julio, 2009 - 07:55.
En el BOIB del día 18 de julio se publicó el Decreto 46/2009, en el cual se obliga a todos los establecimientos comerciales a disponer de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor.
Además, deberá colocarse un cartel identificativo, en un lugar bien visible, que deberá estar redactado tanto en catalán como en castellano, con la siguiente leyenda:
"AQUEST ESTABLIMENT DISPOSA DE FULLS DE RECLAMACIÓ
ESTE ESTABLECIMIENTO DISPONE DE HOJAS DE RECLAMACIÓN"
Dicho cartel deberá tener como mínimo el tamaño de un folio DIN-A4.
Se os adjunta una circular al respecto donde está más especificado la norma.
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| Circular Hojas de Reclamaciones.doc | 28 KB |











