El Absentismo laboral y sus efectos.
Enviado por Secretaría General el 6 Marzo, 2008 - 22:25.
Se puede extinguir el contrato de trabajo de un trabajador cuando tiene faltas de asistencia intermitentes, aunque sean justificadas, en las siguientes condiciones:
*Que alcancen bien el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, bien el 25% de tales jornadas en cuatro meses discontinuos, dentro de un periodo de doce meses.
*Que el índice de absentismo del total de la plantilla del centro de trabajo supere el 5% dentro del mismo periodo de tiempo











