Federació d'Empresaris de Comerç de Balears.

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Recordatorio: Obligatoriedad de disponer de Hojas de Reclamaciones en los Comercios

Desde AFEDECO le informamos nuevamente de la obligatoriedad de disponer de hojas de reclamaciones en su comercio y de los principales puntos del Decreto 46/2009 aprobado el 18 de julio de 2009 y publicado en BOIB nº 103 sobre HOJAS DE RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONSUMO.




Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales

El BOE núm. 163, de 6 de julio, publica la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la cual se modifica la Ley 3/2004 de 29 de diciembre y 30/2007 de 30 de octubre, estableciendo medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales en el sector privado y público.




Apertura convocatoria 2010 de Ayudas a la Compensación al Transporte de Mercancías

El BOE de día 14 de julio de 2010, publica la resolución por la que se abre la convocatoria de 2010 para solicitar ayudas para la compensación al transporte de mercancías correspondientes a los envíos realizados en 2009.




Ayudas para la Normalización Lingüística

El BOIB de 06 de julio de 2010, publica la convocatoria de subvenciones para la normalización lingüística en las empresas para el año 2010 del Consell de Mallorca, destinado a la impresión de revistas, almanaques, etiquetado, material impreso, cartas de restaurantes, páginas Web y portales de Internet en catalán.




Vacaciones Anuales y consultas más frecuentes

Se han recibido en nuestra sede numerosas consultas relacionadas con las vacaciones. Por tal motivo y para que estén debidamente informados, hemos seleccionado las más frecuentes y que consideramos de mayor interés, dando respuesta a las mismas.




Obligatoriedad de poseer hojas de reclamaciones en todos los comercios.

En el BOIB del día 18 de julio se publicó el Decreto 46/2009, en el cual se obliga a todos los establecimientos comerciales a disponer de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor.
Además, deberá colocarse un cartel identificativo, en un lugar bien visible, que deberá estar redactado tanto en catalán como en castellano, con la siguiente leyenda:
"AQUEST ESTABLIMENT DISPOSA DE FULLS DE RECLAMACIÓ
ESTE ESTABLECIMIENTO DISPONE DE HOJAS DE RECLAMACIÓN"
Dicho cartel deberá tener como mínimo el tamaño de un folio DIN-A4.




Los familiares del empresario.- ¿asalariados?

En principio y con carácter general los hijos del empresario no tienen la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo que se demuestre lo contrario. Así el conyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad, adopción o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive, que presten sus servicios con el empresario, cuando convivan en su hogar y esten a su cargo. Si no se producen dichas notas podría hablarse de contratación de familiares.




El Absentismo laboral y sus efectos.

Se puede extinguir el contrato de trabajo de un trabajador cuando tiene faltas de asistencia intermitentes, aunque sean justificadas, en las siguientes condiciones:
*Que alcancen bien el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, bien el 25% de tales jornadas en cuatro meses discontinuos, dentro de un periodo de doce meses.
*Que el índice de absentismo del total de la plantilla del centro de trabajo supere el 5% dentro del mismo periodo de tiempo




La Directiva de Servicios y los horarios comerciales.

Ante la pregunta formulada sobre si la Directiva Europea de Servicios va a incidir sobre los horarios comerciales y sobre los domingos o festivos autorizados de apertura, debe contestarse que no. La Directiva, a pesar de lo comentado por algunos por conveniencia y para crear un efecto mediático, no dice nada sobre el tema en cuestión, por lo que es calro y evidente que todo lo referido a esta materia no va a sufrir ninguna modificación, por lo que se regirá por lo establecido en la ley de comercio.



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